Makana Gambora · Textos legales

Protección de niñas, niños y adolescentes

Nuestro compromiso, lo que pedimos al llegar con menores de edad y dónde denunciar.

Gloria Patricia Ramírez Zapata · NIT 43476334-4 · RNT 293956
Versión 1, del 14 de octubre de 2026 · Vigente desde el 27 de octubre de 2026.

Nuestro compromiso

Makana Gambora rechaza la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes. En cumplimiento del artículo 17 de la Ley 679 de 2001 y de la Ley 1336 de 2009, advertimos al turista que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en Colombia son sancionados penal y administrativamente, conforme a las leyes vigentes.

Cláusula de protección en el contrato de hospedaje

En cumplimiento del artículo 17 de la Ley 679 de 2001 y de la Ley 1336 de 2009, le informamos que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en Colombia son delitos, sancionados penal y administrativamente según las leyes vigentes. Makana Gambora no tolera ninguna forma de explotación o abuso sexual de niñas, niños y adolescentes. Los menores de 18 años solo se alojan con sus padres, con su representante legal o con un adulto que tenga autorización escrita de ellos, y se registran con su documento de identidad al llegar. Si detectamos una situación sospechosa, daremos aviso inmediato a las autoridades (Línea 141 del ICBF y Línea 123 de la Policía Nacional) y daremos por terminado el contrato de hospedaje.

Esta cláusula hace parte de los términos y condiciones que usted acepta al reservar.

¿Viaja con menores de edad?

Al llegar, todos los huéspedes se registran con su documento de identidad. Para los menores de 18 años, traiga su registro civil o tarjeta de identidad. Si el menor no viaja con sus padres, el adulto que lo acompaña debe traer la autorización escrita de ellos.

Denuncie

  • Línea 141 del ICBF.
  • Línea 123 de la Policía Nacional.
  • www.teprotejo.org, canal de reporte en línea.
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